Artículo 7.

Distribución de los puntos.  Para efectos de la distribución del puntaje durante cada período se debe tener en cuenta, lo siguiente:

 

  1. a.    Una prueba acumulativa trimestral que equivale a SIETE (7) puntos en cada trimestre.
  2. b.    Una  autoevaluación que puede tener una valoración entre UNO (1) y CINCO (5) puntos en cada trimestre.  Para eso, se diseña por área una rejilla con  los criterios que deben tenerse en cuenta, se da a conocer a los estudiantes y  se anexa al plan de estudios correspondiente.
  3. c.    Mínimo dos evaluaciones parciales. Los instrumentos que se empleen para las notas parciales deben ser variados.

 

CRITERIOS

VALORACIÓN

PRUEBA TRIMESTRAL ACUMULATIVA

7 PUNTOS EN CADA PERÍODO

AUTOEVALUACIÓN

DE 1 A 5 PUNTOS EN CADA PERÍODO

MÍNIMO DOS EVALUACIONES PARCIALES

AUTONOMÍA DEL DOCENTE